la historia es que tuve un juicio rapido hace + de 1 año y medio en la que me pusieron una multa que ya se pago en su momento cuando me llego, y la historia es que recibo hoy una carta certificada del colegio de abogados en la que me denegan la asistencia juridica gratuita por superar los requisitos minimos economicos de ingresos y renta, pero claro!!! esto me paso hace +1año y medio cuando acabava de recibir un finikito y estava cobrando el paro, pero ahora que me llega la carta donde me dicen que les pague 700e de gastos de juicio a dia de hoy llevo + medio año sin curro haciendo algun dia salteado de la semana 4h de curro x ETT y sin paro.
ralladas aparte, es correcto que me hagan pagar los gastos de juicio ahora cuando a dia de hoy cumplo los requisitos para recibir asistencia juridica gratuita?
yo almenos lo veo injusto porque si yo tenia pasta en el dia del juicio que me lo huviesen echo pagar en su momento y no ahora que no tengo ni 1 duro!!
En mi opinion, hay q pagar.
Eso es q en su momento te habran declarado insolvente o algo y te lo han postpuesto el cobro.
Quizas en algun momento hayas estado trabajando y habras salido en su base de datos q estabas trabajando y cobrando un sueldo, ahi es cuando te dicen q pagues.
Hace tiempo pense q al declararte insolvente y cosa por el estilo dejabas de pagar, o no tenias q pagar.
Pero me entere q cuando vuelvas a ser solvente te pueden reclamar mas y mas y mas.
Pagalo lo antes posible, o sino llega a un acuerdo de pago para pagar poco a poco o lo q sea, pero hay q pagarlo.
En principio, la Ley 1/1996, de 10 de enero, es la que regula el derecho de Asistencia Jurídica Gratuita en España.
En principio, se pide, y posteriormente, te la pueden conceder o denegar. En caso que te la denegasen, tendrías que pagar los gastos y minutas que se han derivado del juicio.
En tu caso, en el momento de solicitar la asistencia jurídica gratuita, tenías recursos económicos, pero ahora, que es cuando hay que pagar, es cuando no los tienes.
Yo tiraría por la vía del artículo 8 de la ley, que te habla de la “Insuficiencia económica sobrevenida”.
No se reconocerá el derecho a la asistencia jurídica gratuita al actor una vez presentada la demanda, o al demandado una vez formulada su contestación, salvo que en su solicitud acrediten ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita que las circunstancias y condiciones necesarias para obtener aquél sobrevinieron con posterioridad a la demanda o contestación, respectivamente. -
Al cambiar tus circunstancias económicas, puede que te reconozcan el derecho, pero ten en cuenta que según el Art. 20 de la ley, tienes que recurrir por escrito en el plazo de 5 días, así que no te despistes.
Hola muy buenas: Os comento un problema q tengo: Un conocido Ha mediacion de una empresa q tiene me ha vajado un coche de alemania. El coche vino en camion. Total q cuando el coche se matricula pasa itv y todo el proceso… Es cuando me lo entrega ami. Yo le notaba q al acelerar bruscamente y al frenar tendia a desviarse el coche. Lleve ha alinearlo y me digeron q tenia 1 caida negativa q no se podia corregir. El otro dia estube con un amigo mecanico y me dijo q tenia un golpe mal reparado o incluso la torreta desplazada. El coche ara q lo tengo mes y medio. el martes si es posible mi amigo me lo elevara para poder decirme exactamente lo q tiene. El intermediario mio tendra los documentos. Puedo hacer algo para q el aleman pague parte de la reparacion del coche? Miintermediario me dijo q era un coche no accidentado y de un unico dueño. Yo no he visto esos papeles: Q puedo hacer?
Muxas gracias. Un saludo:
Atentamente;
Eder